Requisitos para adoptar
Las personas interesadas en adoptar deben ser declarad@s idóne@s. La declaración o certificación de idoneidad implica un estudio o evaluación psicosocial de l@s postulantes, que acredite que se encuentran aptos física, emocional y moralmente, para adoptar un niñ@ que ha sido declarado adoptable.
Para lograr lo anterior, requieren ser evaluados por los profesionales de los programas de adopción y reunir algunos requisitos:
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1
Matrimonios chilenos o extranjeros con residencia definitiva, con más de dos años de matrimonio.
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2
Matrimonios chilenos o extranjeros que viven en el extranjero y han sido declarados idóneos en su país de residencia, que debe tener convenio con Chile.
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3
Solter@s, viud@s y divorciad@s residentes en Chile.
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5
Tener entre 25 y 60 años de edad.
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6
Aprobar evaluación física, moral y psicológica.
ORDEN DE PRELACIÓN
De acuerdo con la ley de adopción actual (19.620) tendrán prioridad para adoptar los matrimonios residentes en Chile por sobre los extranjeros y las personas solteras, viudas y divorciadas. Este orden es el conocido como “orden de prelación en adopción”.